El cumplimiento no puede ser el cuello de botella de la venta. Con QuickCheck el alta de un cliente ocurre en un solo flujo, sin papel, y lo que queda al final es un expediente listo para auditar.
Comercial sabe en qué punto está cada alta y qué falta para cerrarla. Cumplimiento decide sobre el expediente, con el análisis y los documentos al lado.
El estado de cada alta está a la vista, con lo que falta, y la decisión queda firmada por quien la toma.

Del primer dato a la decisión, sin volver a teclear nada en otra parte.




El Acuerdo 1-2026 de la Superintendencia de Bancos exige que toda apertura por medios digitales incorpore la geolocalización inferencial del solicitante, con plazo de adecuación al 30 de junio de 2027. Device Intelligence suma esa señal al onboarding.
Cada IP con su operador, país, ciudad y puntaje de amenaza.
Se comparan con lo que declaró el cliente.
Una identidad estable del equipo aunque cambie la IP o use VPN.
Puntaje de 0 a 100 y la acción vuelve a su sistema.
Se instala en la aplicación de apertura que ya tiene.
El titular consiente conforme a la Ley 81 de 2019 y queda registrado.
KYC (del inglés know your customer, conozca a su cliente) es el proceso de identificar y verificar a un cliente y entender su riesgo antes y durante la relación comercial. En Panamá lo exige la Ley 23 de 2015 a los sujetos obligados.
No. Completa su formulario y firma desde el navegador, con el enlace seguro que recibe por correo.
Sí. La verificación se pide por API desde su sistema y la señal de dispositivo se integra con un SDK para web y móvil.
¿Falta la suya? Pregúntenos con su caso sobre la mesa y la respondemos sobre su operación, no en general.
Cómo llevar la debida diligencia de clientes que exige la Ley 23 de 2015: identificación, beneficiario final, PEP, actualización anual y expediente de cinco años.
Leer másSoftware de cumplimiento hecho en Panamá: debida diligencia, listas OFAC, ONU y PEP, matriz de riesgo y monitoreo continuo, con el expediente listo para el supervisor.
Leer másBusque a un cliente en OFAC, ONU, la lista del MEF de Panamá, PEP y noticias negativas en una sola consulta, con la coincidencia y el descarte documentados.
Leer másFuente: Acuerdo No. 1-2026, Superintendencia de Bancos de Panamá, artículos 14 y 53. Esta página es informativa y no sustituye la asesoría legal de su empresa.
Recibimos una necesidad empresarial compleja, la entendemos y la convertimos en una solución tecnológica integral. La conversación empieza por su operación, no por un catálogo de software.